Un abogado recuerda que si un propietario acumula deudas con la comunidad, esta puede restringir el uso de instalaciones comunes
La piscina comunitaria suele ser el escenario ideal del verano: niños chapoteando, vecinos tomando el sol y la sensación de que, aunque uno viva en un bloque de pisos, todavía queda espacio para el disfrute individual y colectivo.
Sin embargo, todo ese idilio se evapora en cuanto aparecen las cuotas impagadas. Y es que, según los abogados expertos en mediación, como los profesionales de @ijuc.mediacion, no pagar a la comunidad puede dejarte sin acceso a esas instalaciones que tanto se disfrutan.
El asunto tiene un punto irónico: basta con retrasarse en el pago de las cuotas para que el “derecho al chapuzón” se esfume de un día para otro. Lo que parecía un conflicto numérico en una hoja de Excel se transforma en una sanción tangible, con consecuencias inmediatas y bastante visibles.
Está claro que una cosa es recibir una carta del administrador pidiendo ponerse al día con los atrasos y otra, mucho más dura, ver cómo la puerta de la piscina se convierte en territorio prohibido.
Tampoco las instalaciones deportivas
La normativa vigente establece que la comunidad de propietarios puede limitar el uso de las zonas comunes recreativas a quienes estén en situación de morosidad. Eso significa que, mientras la deuda siga pendiente, el vecino afectado no podrá disfrutar de la piscina, las pistas deportivas u otras instalaciones similares.
En definitiva, se convierte en un moroso señalado, sin acceso al ocio compartido. Lo más llamativo es que la restricción no afecta únicamente al propietario. El veto se extiende también a los inquilinos que vivan en el piso y, por supuesto, a toda la familia que forme parte del núcleo doméstico.
Dicho de otro modo: si el titular no paga, nadie de su entorno podrá hacer uso de las instalaciones. El castigo tiene un componente de responsabilidad colectiva que no deja indiferente a nadie.
Algunos defienden estas medidas como necesarias para mantener la convivencia justa. Argumentan que, si un vecino no paga, no es razonable que disfrute de servicios sufragados por quienes sí cumplen con las obligaciones. La solidaridad vecinal, dicen, también implica pagar la factura.
Otros, en cambio, señalan que estas sanciones rozan lo humillante, ya que convierten el conflicto económico en un escarnio público. El hecho de que niños o inquilinos ajenos a la deuda no puedan entrar en la piscina genera polémica. La frontera entre la medida disciplinaria y el castigo desproporcionado no siempre es clara.
Sea como sea, lo cierto es que la jurisprudencia respalda la capacidad de las comunidades de vecinos para imponer estas limitaciones, siempre que se vote y se apruebe en junta. El mensaje es claro: antes de estrenar bañador conviene asegurarse de tener las cuentas al día.
Porque en el ecosistema de una finca, las deudas no se quedan en el papel; se traducen en puertas cerradas, veranos sin piscina y un estigma difícil de sacudir. El verano comunitario tiene letra pequeña. Y en esa letra se esconde una advertencia: quien no paga, no nada. Un recordatorio de que las piscinas, más que azules, pueden convertirse en una línea roja para los morosos.
Foto | @ijuc.mediacion
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