
Según el magistrado, no se pudo probar la falsedad de los hechos que se imputan al demandante
El Tribunal de Instancia de Albacete ha declarado nulo el despido de un trabajador de Mercadona. Ahora, la cadena de supermercados valenciana deberá pagarle los salarios generados desde el 24 de marzo, cuando fue despedido, además de reintegrar a su puesto al trabajador.
Todo parte de una sospecha por parte de Mercadona, que consideraba qu ela baja que el trabajador pidió a finales de 2025 era simulada. El protagonista de la historia, gerente en el supermercado desde el año 2020, había solicitado meses antes una reducción de jornada casi total para poder cuidar de su hija, que padecía una enfermedad grave, según el Digital de Albacete.
Durante ese tiempo, el gerente estaba cobrando la prestación CUME, la cual la da la Seguridad Social para compensar la pérdida de ingresos cuando se reduce la jornada laboral de forma directa y continua para cuidar a un menor, como era el caso. Sin embargo, en noviembre de 2025, la Seguridad Social retiró la prestación al trabajador y, poco después, pidió la baja en su puesto de trabajo.
La empresa consideraba que la baja era simulada, así que contrató a un detective, según dicta el auto judicial, para seguir durante cuatro días al trabajador, comprobando cómo hacía tareas cotidianas, algunas de ellas con su hija, así que decidió despedirlo en marzo.
Sin embargo, la decisión del juez, tras comprobar el despido, ha sido de readmitir al trabajador en su puesto de trabajo, declarando nulo el despido. El motivo, según el propio tribunal, es que la secuencia de hechos que se investigaron no prueba el fraude.
Además de que la baja, que la emite la sanidad pública, no fue contrarrestada por pruebas médicas que hubiera hecho Mercadona para atestiguar la situación de la baja. Del mismo modo, las actividades apreciadas por el detective no son incompatibles con una baja psicológica, además de que el despedido ya tenía de su lado una sentencia favorable de mediados de 2026 en el cual el entrenamiento de su hija formaba parte del tratamiento que seguía.
Por este motivo, el despido se declaró nulo, ya que el trabajador seguía adscrito a la reducción de jornada –algo que le protege objetivamente frente al despido–. Aun así, el demandante pidió a Mercadona 30.000 por daños morales, aunque el juez desestimó la petición por considerar que no había represalias por parte de la empresa ni vulneración de derechos fundamentales.
Imágenes | Mercadona
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