El 28 de diciembre de 2023, un hombre intentó salir de un Mercadona de Albacete llevándose una botella de dos litros de zumo sin pagar. Ahora, casi tres años después, se enfrenta a dos años y tres meses de prisión.
Es la pena que ha solicitado la Fiscalía Provincial, 27 meses de cárcel por una botella de zumo que puede parecer desproporcionada, pero cuya explicación está en los pormenores del incidente y en la legislación española, tal y como se refleja en el Código Penal. La clave está en que el acusado se enfrenta a un procesamiento por robo, y no por hurto.
Los hechos ocurrieron sobre las 19.30 horas de la tarde, según El Digital de Albacete. El acusado se había apropiado de una botella de zumo de dos litros y trató de salir por la línea de cajas, sin detenerse a abonar la misma. Un vigilante de seguridad se dio cuenta, lo interceptó y le instó a pagar el producto, ante lo cual el hombre respondió, presuntamente, con violencia. Según relata la acusación, se abalanzó sobre el vigilante y lo empujó repetidas veces para intentar librarse de él. Finalmente intervino un segundo vigilante, logrando reducir al hombre hasta la llegada de agentes de la Policía Nacional.
Como consecuencia del enfrentamiento, el primer vigilante de seguridad sufrió contusiones en el costado y la muñeca izquierda, necesitando de asistencia médica y ocho días para recuperarse completamente.
Si el acusado no se hubiera enfrentado al personal de seguridad, solo afrontaría la pena por un delito leve de hurto, cuya categoría establece el precio máximo de los objetos robados en 400 euros, y un pena de multa de uno a tres meses. Sin embargo, el artículo 237 del Código Penal considera robo el apoderamiento con violencia y no exige que esta sea simultánea. El robo con violencia (art. 242) se castiga con una pena de dos a cinco años, y con tres años y de seis meses a cinco si ocurre en un local abierto al público. El valor de lo sustraído no cuenta.
Tal y como explican en Xataka, la pena baja un par de grados al quedarse en tentativa, a lo que se suma un delito leve de lesiones por los daños sufridos por e vigilante. Así, la Fiscalía pide dos meses de multa a 12 euros diarios (720 euros) y 450 euros de indemnización. Y no es un caso excepcional en la justicia española.
El pasado mes de abril, el Tribunal Supremo confirmó nueves meses y un día de prisión por robo con violencia de menor entidad por el robo de dos perfumes de 24 euros de un Mercadona de Barcelona en el que también se empujó al vigilante. En otra ocasión, la Audiencia de Granada confirmó lo que el Juzgado de Motril había sentenciado antes, diez meses de cárcel a un hombre que cruzó la línea de cajas con un paquete de galletas y, retenido, dio un puñetazo al vigilante. Dos días de lesiones y 75 euros de indemnización.
Aunque también hay excepciones. Un juez de Sevilla absolvió en 2018 del robo con violencia a un hombre que se llevó unas gafas de 148 euros y, en el aparcamiento, golpeó a un vigilante con el retrovisor. La Fiscalía pedía cuatro años y la condena fueron dos multas de 540 euros. El juez explicó que el hurto ya estaba consumado cuando llegó el acto violento, porque el acusado controlaba el objeto lejos de la vigilancia.
La pena de cárcel se podría suspender cuando el acusado, como en el caso de Albacete, no tenga antecedentes, siempre que la condena no supere los dos años. También puede influir el tiempo que haya pasado entre los hechos y el juicio, pues es un argumento habitual para invocar la atenuante de dilaciones indebidas, una vía posible para la defensa que no figura en la acusación.
La petición de la pena de 27 meses de cárcel por la Fiscalía es el máximo al que aspira la acusación, ya que debe ser el tribunal el que decida y firme la condena en firme.
En DAP | Mercadona ya es la marca de supermercados más fuerte del mundo, según un nuevo estudio financiero