Cambios en la normativa de la UE para el etiquetado de los zumos

Cambios en la normativa de la UE para el etiquetado de los zumos
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El Consejo de la Unión Europea aprobó el pasado día 8 de marzo un texto de compromiso mediante el cual se modifica la legislación europea que regula el etiquetado de los zumos comerciales. Con la nueva directiva se pretende acercar la normativa a los estándares internacionales regidos por el Codex Alimentarius.

Así, los zumos de frutas comercializados como tal no podrán llevar ningún tipo de azúcar o endulzante, por lo que la frecuente frase “sin azúcares añadidos” no podrá ser utilizada. Sólamente los néctares, bebidas creadas a partir de mezclas de concentrados con agua, podrán llevar añadidos, pero también tendrán vetada la citada expresión en su etiquetado.

La nueva norma se aplicará en todos los zumos comercializados en territorio de la Unión Europea, independientemente de su origen. Se espera que entre en vigor como muy tarde a principios de junio, comenzando entonces el periodo de transición fijado en 18 meses para que la industria se adapte. Para más información, se puede consultar el documento emitido por el Consejo en PDF.

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