El 1 de octubre, España estrena nuevas leyes de tráfico valiéndose de una modificación del Reglamento General de Circulación, aprobada por el Real Decreto 518/2026 donde, por primera vez, aparecen conceptos de los que se ha hablado mucho en los últimos años sin darles forma.
Entre ellos, se define lo que se considera legalmente como "usuario vulnerable de la vía", incluyendo en esta categoría a peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal, motoristas y usuarios de ciclomotores.
Además, se deja claramente especificado otro vacío legal respecto a los vehículos de movilidad personal: la edad mínima. En este caso, para los VMP –que, básicamente, se refiere a los patinetes eléctricos– se marca en 15 años, siendo ilegal que un menor de esta edad los pueda utilizar en la vía pública.
Además, obligará a que lleven casco y chaleco reflectante, además que llevarán sí o sí las luces encendidas –incluso de día– a partir de octubre de 2027. La nueva reglamentación, asimismo, incluye bastantes modificaciones para motoristas y usuarios de bicicletas, también para riders y repartidores.
Los riders deberán, independientemente del vehículo que usen, llevar cascos y chalecos reflectantes y cualquier tipo de usuario de motos o ciclomotores han de usar guantes en vías interurbanas y no podrán usar calzado abierto en ningún tipo de circunstancia.
Otra modificación relevante es la extinción de la exención del cinturón de seguridad a determinados colectivos como taxistas, transportistas y profesores de autoescuela que, a partir de ahora, siempre deberán llevar el cinturón de seguridad puesto.
Imágenes | Joaquin Carfagna