España va a obligar a partir de noviembre a cobrar un importe extra por cada botella o envase. Así afecta a bares y restaurantes

La medida busca fomentar un reciclaje más eficiente y una gestión de residuos eficaz que reduzca la contaminación por envases de un solo uso

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Liliana Fuchs

Editor

El mes de noviembre de este año 2026 es la fecha límite para que todos los establecimientos de venta de alimentos y hostelería se adapten al reglamento europeo sobre envases. El Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) ya es una realidad en muchos países y en España vamos con retraso, pese a que era un sistema que ya funcionaba antiguamente en muchos lugares del país.

El SDDR será obligatorio en todos los países de la Unión Europea a partir del 1 de enero de 2029. En España es una medida incluida dentro de la Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, conocida como Ley de Residuos de 2022, que planteaba como objetivo reciclar el 70% de todo el plástico en circulación en el mercado para 2023. No se consiguió, por lo que en 2025 se aprobó finalmente adoptar el modelo de retorno de envases que lleva tiempo funcionando en países como Alemania.

La premisa es sencilla: los establecimientos deberán cobrar un importe por cada botella, lata, brick o envase similar vendido al consumidor. No es una tasa o impuesto adicional, sino que funcionará como depósito, ya que los consumidores tendrán el derecho de recuperar ese dinero entregando de vuelta el envase vacío en los puntos de venta o en otros puntos habilitados. El objetivo es llegar a un 90% de recogida separada de estos envases que tantos residuos generan al año.

El SDDR afectará, sobre todo, a supermercados, tiendas de alimentación y comercios afines, que también están obligados por la misma Ley de Residuos a reducir la generación de residuos alimentarios priorizando la donación de los excedentes, su transformación o reciclaje como compost.

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Las “buenas prácticas” que indica la norma para fomentar la economía circular también afectan al sector Horeca de hostelería y restauración, aunque de una manera algo distinta. Hace ya tiempo que se han eliminado los plásticos de un solo uso como las pajitas de plástico o los cubiertos, y también se cobra una tasa obligatoria por los productos de plástico no reutilizables, normalmente en los pedidos a domicilio. 

Pero, en principio, los bares, restaurantes y cafeterías estarán exentos del cobro obligatorio de ese depósito de devolución, ya que los productos vendidos se consumen en el propio establecimiento, en mesa o barra, y es el propio local el que retira los envases vacíos en el mismo servicio. 

En los casos excepcionales de locales que sí permiten vender botellas, latas o bricks para llevar, deberá aplicarse el cobro del importe extra. También se podrá cobrar por los envases de plástico que se faciliten para llevar las sobras, aunque se recomienda el uso de envases de otros materiales más sostenibles. Además, se quiere fomentar el uso de envases reutilizables, por lo que deberán permitir al cliente que acuda con sus propios recipientes rellenables, siempre informando de su uso correcto y sin hacerse responsable de un posible mal estado.

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