Rioja estrena siete calificaciones en sus vinos: todo lo que debes saber sobre el nuevo etiquetado

Rioja estrena siete calificaciones en sus vinos: todo lo que debes saber sobre el nuevo etiquetado
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El Consejo Regulador de Rioja ha modificado la regulación del etiquetado en sus vinos. Tras la aprobación de esta norma, los bodegueros podrán sumar a las tradicionales clasificaciones de tiempo en barrica una serie de indicaciones sobre métodos de elaboración y de viñedos, que no podrán salirse de lo establecido por la DOca (como ocurría hasta ahora).

La nueva normativa establece requisitos, por ejemplo, para asegurar que unos viñedos son “de altura” o “viejos”, o que el caldo ha sido “embotellado en la propiedad”.

“Desde ahora, y de una manera ordenada, las bodegas podrán dotar a sus etiquetas de información adicional mediante estas nuevas referencias expresas que se podrán utilizar únicamente cuando por trazabilidad se demuestre que el vino ha sido elaborado de dicha forma o empleando dichas técnicas, asegurando así la transparencia y veracidad que caracterizan a Rioja”, explica en un comunicado el presidente del Consejo Regulador, Fernando Salamero.

Los nuevos términos regulados son el fruto de una línea de trabajo desarrollado por la Comisión de Reglamento del Consejo Regulador quien se compromete a llevar a cabo una revisión de carácter semestral para la inclusión o desarrollo de las siete menciones siguientes: 

1. Vinos ‘madurados en bodega’: esta nueva expresión no podrá utilizarse en combinación con dibujos, expresiones o menciones relativas a la barrica, roble o madera y tampoco cabrá el uso de expresiones relativas a 'envejecido' o ‘aged’.

2. 'Ediciones o colecciones seleccionadas y limitadas': esta figura deberá comunicar en qué consiste la colección, selección o edición así como el volumen total del lote. La inclusión será potestativa.

3. ‘Viñas viejas, centenarias o prefiloxéricas': estas menciones podrán utilizarse siempre y cuando se acredite una edad mínima de 35 y 100 años - en viejas y centenarias respectivamente - y ser anteriores a 1900 en el caso de las prefiloxéricas; en todas ellas, el vino deberá ser elaborado con, al menos, el 90% de la uva procedente de dichos viñedos. 

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4. ‘Viñedos de altura’:  este requisito deberá acreditar por trazabilidad que la altura mínima del viñedo es de 550 metros sobre el nivel del mar. El vino deberá ser elaborado con, al menos, el 90% de la uva procedente de dichos viñedos. 

5. ‘Viñedos en propiedad’: el vino que así lo desee deberá acreditar que procede de viñedos de propiedad de la bodega - o grupo empresarial que ostenta la titularidad de las instalaciones - o disponer en exclusiva de cualquier título jurídico válido que acredite que la producción resultante sea por un periodo mínimo de 10 años de forma ininterrumpida. El 90% de la uva procederá de dichos viñedos.

6. 'Embotellados en la propiedad’: se podrá utilizar esta expresión únicamente cuando  la marca sea propiedad de la bodega o grupo empresarial que ostenta la titularidad de las instalaciones. 

7. 'Nuevas elaboraciones con lías, hormigón o tinajas de barro’: estas menciones de elaboración se podrán utilizar cuando, por trazabilidad, se demuestre que el vino ha sido elaborado de dicha forma. Excluye la expresión ‘madurado’.

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Nuevas normas para blancos y rosados

La nueva normativa, añade también novedades en lo que respecta al etiquetado de ciertos vinos. El cambio más importante es el que afecta a los requisitos para el uso del término tradicional 'crianza' de los blancos y rosados La nueva norma especifica que el envejecimiento se efectuará durante, al menos, 18 meses, frente a los 24 que eran obligatorios hasta la fecha (cifra que continúa en los vinos tintos). 

Según la DOca, esta actualización ratifica el interés comercial por parte del sector en la elaboración de estos vinos y permite, así, adelantar su salida al mercado seis meses aprovechando la  primavera, temporada donde se dispara el consumo de estos. Por otro lado, este retroceso en los tiempos mínimos del término 'crianza' permite evitar solapamientos con los etiquetados como 'reserva', evidenciando la diferencia de envejecimiento habida entre ellos. 

Por último, la nueva reglamentación obligará a que el término 'cosecha' vaya acompañado siempre de la añada del vino.

Imágenes | iStock

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