Nuevas normas en el etiquetado de los alimentos

Nuevas normas en el etiquetado de los alimentos
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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que modifica la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los alimentos para "reforzar la seguridad de los consumidores", ya que muchos de los ingredientes cuya presencia será ahora obligatorio especificar pueden generar reacciones adversas en personas con especial sensibilidad, entre ellos alérgicos a lactosa, gluten o huevo.

La nueva norma, propuesta por los ministerios de Sanidad y Consumo; Medio Ambiente y Medio Rural y Marino e Industria, Turismo y Comercio, cambia la lista de ingredientes que deben ser de obligada indicación en el etiquetado de los productos alimenticios, aunque tengan una escasa presencia en el producto, sean aditivos o se encuentren en bebidas con más de un 1,2% de alcohol.

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En este último caso, se incluirá en el etiquetado la palabra "contiene", seguida del ingrediente o ingredientes en cuestión, salvo que figuren ya con su nombre específico en la lista de ingredientes o en la denominación de venta del producto, según precisó Sanidad.

Los ingredientes de inclusión obligatoria en el etiquetado son los cereales que contengan gluten o productos derivados; crustáceos o productos a base de crustáceos; huevos y productos a base de huevo y cacahuetes y productos elaborados a base de estos frutos. Todos ellos productos de alto contenido alergénico.

Asimismo, se deberá especificar la presencia de soja y productos a base de soja; leche y sus derivados, incluida la lactosa; frutos de cáscara como almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, castañas de Pará, pistachos o alfóncigos, macadamias o nueces de Australia y productos derivados; nueces y derivados; mostaza y derivados; sésamo y productos a base de dichos granos; dióxido de azufre y sulfitos en determinadas concentraciones; altramuces y productos a base de altramuces y moluscos y productos con moluscos.

Sin embargo, esta normativa contempla la retirada de forma permanente de la obligación de indicar en la etiqueta de productos alimenticios una reducida serie de ingredientes que han demostrado su escasa posibilidad de causar reacciones adversas en individuos sensibles.

Esta determinación responde a un informe de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), recogido por la directiva europea que regula el etiquetado, presentación y publicidad de alimentos. Hasta ahora, estas sustancias estaban exentas provisionalmente de ser incluidas en el etiquetado a la espera de confirmación científica.

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